Extranjero no Comunitario

Se suele llamar “extranjeros” a los individuos que transitan por un país distinto a aquel en donde nació. En gran parte del mundo, es necesario, para ingresar a determinada nación, la posesión de una serie de documentos, con el que se entraría de manera legal. Sin embargo, en la Unión Europea, una comunidad política establecida en Europa, que tiene por objetivo unificar y guiar el mandato de cada uno de los países perteneciente a ella, es posible circular alrededor del continente con sólo el documento de identidad oficial del país o el pasaporte, sin previos trámites concernientes a la visa. A esto se le conoce en la zona como “extranjero comunitario”, quien puede disfrutar de una estancia -no mayor de un mes- en un Estado, sin la necesidad de rendir cuentas ante un ente administrativo competente.

Extranjero no Comunitario

El opuesto a este estatuto de extranjería es el aquel conocido como “extranjero no comunitario”. Este se le aplica a todos aquellos ciudadanos europeos que sean oriundos de países no miembros de la Unión Europea o de la zona Schengen (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia y Suiza), uno de los mayores logros de la UE, en el que los ciudadanos que hayan nacido en estos países pueden entrar, salir y circular dentro los mismos.

Para poder ingresar en una de estas naciones, igualmente, es necesario que la persona lleve a cabo una serie de procesos burocráticos, apropiados para su entrada legal, como lo es el visado o la obtención de una tarjeta de residencia.

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